La nueva ordenación del Bachillerato (LOMLOE) requiere una revisión de la oferta , así como su adaptación a los nuevos retos y oportunidades de la sociedad actual. Por este motivo, se actualiza la oferta específica de Bachilelrato para Personas Adultas, que está regulado por la Orden 2034/2023, de 9 de junio y comprende enseñanza semipresencial y enseñanza a distancia.
Enseñanza semipresencial
La enseñanza semipresencial está dirigida a las personas adultas que, por sus circunstancias laborales o personales, tienen dificultades para asistir a clase de manera presencial de forma regular. El alumno podrá matricularse de las materias que desee, mediante la combinación de tutorías colectivas presenciales y no presenciales.
La distribución de las tutorías colectivas, presenciales y no presenciales, se realizará en horarios que faciliten la mayor asistencia o participación del alumnado, iniciando sus actividades lectivas conforme al calendario escolar aprobado por la consejería competente en materia de Educación.
Enseñanza a distancia
La educación a distancia está dirigida a las personas adultas que, por sus circunstancias laborales o personales, no pueden asistir a clase de manera presencial de forma continuada. La educación a distancia se desarrollará a través de una plataforma virtual de aprendizaje y el apoyo tutorial.
Promoción y permanencia
En la oferta específica del Bachillerato para personas adultas no se tendrán en consideración los criterios de promoción de curso establecido en el régimen ordinario, ni tampoco se tendrá en cuenta la limitación temporal de permanencia establecida en el artículo 3.3 del Decreto 64/2022, de 20 de julio.
En el caso de aquellas materias que tengan continuidad y deban cursarse obligatoriamente para configurar un itinerario válido de la modalidad o, en su caso, vía del Bachillerato, la matrícula de la materia del segundo curso requerirá haber superado la materia correspondiente del primer curso o estar matriculado en la misma y cursarla de forma simultánea. En este último supuesto, no se podrá superar la materia del segundo curso sin haber superado la materia del primer curso o, en su caso, sin que se haya emitido la acreditación de conocimientos necesarios para cursar materias de bachillerato según el modelo establecido en las Instrucciones de 22 de junio de 2023.
Existen diversas posibilidades de movilidad entre los diferentes regímenes de Bachillerato, que pueden consultarse en la web de Bachillerato semipresencial y a distancia de la Comunidad de Madrid y en la Orden 2024/2023, de 9 de junio.