Enseñanzas Elementales y Profesionales de Danza

Acceso

Requisitos de acceso

Acceso a enseñanzas elementales

  • Primer curso: La prueba valorará, fundamentalmente, las condiciones físicas y expresivas de los aspirantes en relación con la danza y en relación con el sentido musical, la capacidad auditiva y vocal y la aptitud melódica. No se exigirán conocimientos previos a los aspirantes. Con carácter general, la edad mínima para realizar la prueba de acceso a primer curso de estas enseñanzas será de ocho años y la máxima de doce.
  • Cursos diferentes al primero: la prueba valorará que los aspirantes poseen los conocimientos necesarios, tanto teóricos como prácticos, para cursar con aprovechamiento las enseñanzas correspondientes.

El proceso de admisión en centros públicos será regulado de acuerdo con los principios de igualdad, mérito y capacidad, a partir de la puntuación obtenida en la prueba de acceso y teniendo en cuenta la edad idónea y el número de plazas disponibles.

Acceso a enseñanzas profesionales

  • Primer curso: Han de realizarla todos los aspirantes con independencia de haber cursado o no las enseñanzas elementales de danza.
  • Otros cursos: Igualmente será posible incorporarse a un curso de las enseñanzas profesionales distinto del primero sin haber cursado los anteriores, previa superación de la prueba específica correspondiente, que tendrá como referente las asignaturas de los cursos anteriores al que se aspira.

El calendario de acceso y admisión se publica en el sitio web de enseñanzas de música y danza de la Comunidad de Madrid y en cada centro educativo.

A modo orientativo, el plazo de inscripción para la realización de las pruebas de acceso y solicitud de admisión en las enseñanzas elementales y profesionales de Danza suele estar abierto durante la segunda quincena de abril.

Las pruebas específicas de acceso se celebran en los Conservatorios Profesionales durante el mes de junio.

Características

Características

Las enseñanzas artísticas de danza garantizan una sólida formación técnica en la danza académica a la par que proporcionan el conocimiento de la danza como fenómeno histórico-cultural, estético y expresivo. Tienen como meta el ejercicio profesional y, por ello, están destinadas a aquel alumnado que posea aptitudes específicas y voluntad para dedicarse a ellas.

Las enseñanzas elementales y las enseñanzas profesionales de danza se imparten en conservatorios profesionales de danza que pueden consultarse en el apartado de Oferta Educativa de la Comunidad de Madrid y en centros privados autorizados.

Estas enseñanzas están reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación.

Enseñanzas Elementales

Las enseñanzas elementales de danza se fundamentan en el estudio paralelo de la danza clásica y de la danza española como formación básica para la posterior elección de especialidad en las enseñanzas profesionales.

Organización de las enseñanzas elementales de danza

Duración

Requisitos de acceso

Titulación

4 cursos

Prueba de acceso:

  • Primer curso: La prueba valorará, fundamentalmente, las condiciones físicas y expresivas de los aspirantes en relación con la danza y en relación con el sentido musical, la capacidad auditiva y vocal y la aptitud melódica. No se exigirán conocimientos previos a los aspirantes.

Con carácter general, la edad mínima para realizar la prueba de acceso a primer curso de estas enseñanzas será de ocho años y la máxima de doce.

  • Cursos diferentes al primero: la prueba valorará que los aspirantes poseen los conocimientos necesarios, tanto teóricos como prácticos, para cursar con aprovechamiento las enseñanzas correspondientes.

El proceso de admisión en centros públicos será regulado de acuerdo con los principios de igualdad, mérito y capacidad, a partir de la puntuación obtenida en la prueba de acceso y teniendo en cuenta la edad idónea y el número de plazas disponibles.

Título de Enseñanzas Elementales de Danza, propio de la Comunidad de Madrid

 
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación establece que la estructura y organización de estas enseñanzas será determinada por las Administraciones educativas y en la Comunidad de Madrid se imparten conforme al currículo establecido por el Decreto 8/2014, de 30 de enero, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el currículo y la organización de las enseñanzas elementales de danza en la Comunidad de Madrid, y la Orden 275/2015, de 9 de febrero, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regulan para la Comunidad de Madrid la implantación, la prueba de acceso, la evaluación y el proyecto propio del centro en las enseñanzas elementales de Danza.

Enseñanzas Profesionales

Tienen como finalidad proporcionar al alumnado una formación artística de calidad y garantizar la cualificación de los futuros profesionales de la danza. Sus funciones básicas son cuatro: formativa, orientadora, profesional y preparatoria para estudios posteriores.

Se organizan en un único grado de seis cursos de duración.

Organización de las enseñanzas profesionales de danza

Duración

Requisitos de acceso

Titulación

6 cursos

Prueba específica.

Primer curso: Han de realizarla todos los aspirantes con independencia de haber cursado o no las enseñanzas elementales de danza.

Otros cursos: Igualmente será posible incorporarse a un curso de las enseñanzas profesionales distinto del primero sin haber cursado los anteriores, previa superación de la prueba específica correspondiente, que tendrá como referente las asignaturas de los cursos anteriores al que se aspira.

Título Profesional de las Enseñanzas profesionales de Danza en la especialidad correspondiente

 

Las especialidades reguladas en la Comunidad de Madrid son las siguientes: baile flamenco, danza clásica, danza española y danza contemporánea.

El currículo está regulado por el Decreto 29/2007 de 14 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el currículo de las enseñanzas profesionales de danza (BOCM 21-06-07) y la Orden 3659/2007, de 6 de julio de la Consejería de Educación, por la que se regula para la Comunidad de Madrid la implantación y organización de las enseñanzas profesionales de danza derivadas de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación (BOCM 16-07-07).

Se recomienda su consulta para ver la organización de las distintas asignaturas por cursos en cada una de las especialidades.

Enseñanzas de música y danza no regladas (que no conducen a titulación oficial)

Numerosos ayuntamientos de la región de Madrid son titulares de escuelas de música y/o danza, creadas según la Orden Ministerial de 30 de julio de 1992, por la que se regulan las condiciones de creación y funcionamiento de las Escuelas de Música y Danza y lo recogido en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

Las escuelas de música y/o danza tendrán como finalidad ofrecer una formación práctica en música, danza o, conjuntamente, en ambas disciplinas, dirigida a aficionados de cualquier edad, sin perjuicio de su función de orientación a estudios profesionales para quienes muestren especial aptitud. Los estudios cursados en estos centros no conducirán a títulos con validez académica.

Centros Públicos donde se imparten Enseñanzas elementales y profesionales de Música y Danza

Salidas

Dónde conducen estos estudios

Las enseñanzas elementales de Danza conducen al Título de Enseñanzas Elementales de Danza, propio de la Comunidad de Madrid.

Las enseñanzas profesionales de Danza conducen al Título Profesional de Danza en la especialidad correspondiente. Con el título profesional podrás obtener el título de Bachiller en la modalidad de Artes cursando y superando las materias comunes, que son: Filosofía, Historia de España e Historia de la Filosofía, Educación Física, Lengua Castellana y Literatura I y II, Lengua Extranjera I y II. Una vez que tengas el título de Bachiller, superando una prueba específica de acceso podrás acceder a las Enseñanzas Artísticas Superiores de Danza.

Dónde estudiar

Oferta formativa: Centros públicos donde se imparten Enseñanzas Elementales y Profesionales de Danza