Bachillerato

Acceso

Podrán acceder a los estudios de Bachillerato los alumnos que estén en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o el título de Técnico o Técnico Superior o cualquier otro título declarado equivalente a efectos académicos.

Además, deben contemplarse las siguientes situaciones:

  • El título de Técnico de Artes Plásticas y Diseño permitirá el acceso directo a cualquiera de las modalidades de Bachillerato (Artículo 53.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación). Si el alumno procedente de estas enseñanzas elige el Bachillerato de Artes, podrá obtener el título de Bachiller mediante la superación de las materias comunes de esta modalidad.
  • El alumnado que tenga el título de Técnico en Formación Profesional podrá obtener el título de Bachiller en la modalidad General mediante la superación de las materias comunes (Artículo 25 del Decreto 64/2022, de 20 de julio, por el que se establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas del Bachillerato,).
  • El título de Técnico Deportivo permitirá el acceso a cualquiera de las modalidades de Bachillerato (Artículo 65.3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación).
  • Quienes reúnan alguno de los requisitos de acceso anteriores y hayan superado las Enseñanzas Profesionales de Música o de Danza podrán cursar el Bachillerato en la modalidad de Artes y obtener el título de Bachiller por esta modalidad cursando y superando únicamente las materias comunes.
 

Características

El Bachillerato tiene como finalidad proporcionar a los alumnos formación, madurez intelectual y humana, conocimientos, habilidades y destrezas que les permitan desarrollar funciones sociales e incorporarse a la vida activa con responsabilidad y competencia. Asimismo, esta etapa deberá permitirles la adquisición y el logro de las competencias indispensables para su futuro formativo y profesional, así como capacitarles para el acceso a la educación superior.

 

Características

 El Bachillerato comprende dos cursos: primero de Bachillerato y segundo de Bachillerato. Se desarrolla en cuatro modalidades y se organiza de modo flexible, con la finalidad de ofrecer una formación a los alumnos acorde con sus perspectivas e intereses que les permita la incorporación a la vida activa una vez finalizado el mismo. 

Los alumnos que se matriculen en Bachillerato podrán optar por las siguientes modalidades:

  • Modalidad de Artes.

  • Modalidad de Ciencias y Tecnología.

  • Modalidad General.

  • Modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales.

La modalidad de Artes se organizará en dos vías; Vía de Artes Plásticas, Imagen y Diseño y Vía de Música y Artes Escénicas.

El Bachillerato se organiza en materias comunes, materias específicas de modalidad y materias optativas.

La duración de estos estudios, con carácter general, es de dos cursos y se podrá permanecer cuatro años como máximo (no necesariamente consecutivos) en régimen ordinario.

Puedes ampliar la información sobre el bachillerato en la web de la Comunidad de Madrid.

En el siguiente enlace se recogen las modalidades de Bachillerato que se imparten en cada centro, Oferta Educativa de los Centros de Educación Secundaria que imparten Bachillerato.

Convalidaciones: determinadas materias del Bachillerato se pueden convalidar por determinadas asignaturas de las enseñanzas profesionales de Música o de Danza.

Exenciones: se podrá solicitar la exención de la materia de Educación Física por quienes acrediten tener la condición de deportistas de alto nivel o de alto rendimiento o realizar estudios de las enseñanzas profesionales de Danza.

Las convalidaciones que afectan a asignaturas de Música y de Danza y las exenciones de la materia de Educación Física se encuentran reguladas en la Orden 2067/2023, de 11 de junio, de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, por la que se regulan determinados aspectos de organización, funcionamiento y evaluación en el Bachillerato, y en el Real Decreto 14/2023, de 17 de enero, por el que se modifica el Real Decreto 242/2009, de 27 de febrero, por el que se establecen convalidaciones entre las enseñanzas profesionales de Música y de Danza y la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato, así como los efectos que sobre la materia de Educación Física deben tener la condición de deportista de alto nivel o alto rendimiento y las enseñanzas profesionales de Danza.

Organización del bachillerato

El Bachillerato comprende dos cursos: primero de Bachillerato y segundo de Bachillerato. Se desarrolla en cuatro modalidades y se organiza de modo flexible, con la finalidad de ofrecer una formación a los alumnos acorde con sus perspectivas e intereses que les permita la incorporación a la vida activa una vez finalizado el mismo. 

Para elegir materias en Bachillerato debes tener en cuenta las que se relacionan con diferentes estudios superiores. Por ejemplo, para el acceso a la universidad, consulta las ponderaciones de las diferentes materias en la fase obligatoria, los criterios de modalidad en la baremación para el acceso a Ciclos Formativos de Grado Superior o los criterios de selección para hacer carrera militar.

Los alumnos que se matriculen en Bachillerato podrán optar por las siguientes modalidades:

  • Modalidad de Artes.

  • Modalidad de Ciencias y Tecnología.

  • Modalidad General.

  • Modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales.

La modalidad de Artes se organizará en dos vías: Vía de Artes Plásticas, Imagen y Diseño y Vía de Música y Artes Escénicas.

Como desarrollo de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre se ha publicado el Real Decreto 243/2022, de 5 de abril, por el que se establecen la ordenación y el currículo del Bachillerato. Esta norma supone el marco regulador de esta etapa para todo el Estado. Asimismo, la Comunidad de Madrid ha publicado el Decreto 64/2022, de 20 de julio, en el que se establece la ordenación y el currículo de esta etapa .

El Bachillerato se organizará en materias comunes, en materias específicas de modalidad y en materias optativas. De conformidad con el artículo 2 de la Orden 2067/2023, de 11 de junio, por la que se regulan determinados aspectos de organización, funcionamiento y evaluación en el Bachillerato, para poder configurar un itinerario válido y poder ser propuesto para la obtención del título de Bachiller, el alumnado cursará las siguientes materias:

a) Las materias comunes establecidas para cada curso del Bachillerato.

b) Seis materias específicas de la misma modalidad (y, en su caso, vía), tres en el primer curso y tres en el segundo curso.

c) Dos materias optativas, una en el primer curso y otra en el segundo, del catálogo de materias optativas de Bachillerato.

Primero de Bachillerato 

Las materias del primer curso de Bachillerato comunes a todas las modalidades de Bachillerato serán las siguientes:

  • Educación Física.
  • Filosofía.
  • Lengua Castellana y Literatura I
  • Lengua Extranjera I.

Además, según la modalidad elegida, los alumnos deberán cursar las siguientes materias específicas de modalidad en 1º de Bachillerato:

1º Bachillerato

Artes

General

Humanidades y Ciencias Sociales

Ciencias y Tecnología

Vía de Artes Plásticas, Imagen y Diseño

Vía de Música y Artes Escénicas

  • Dibujo Artístico I.

Elegir una entre:

  • Análisis Musical I.
  • Artes Escénicas I.

Matemáticas Generales.

Elegir una entre:

  • Latín I.
  • Matemáticas Aplicadas a las Ciencias Sociales I.
  • Matemáticas I

Elegir 2 entre:

  • Cultura Audiovisual.
  • Dibujo Técnico Aplicado a las Artes Plásticas y al Diseño I.
  • Proyectos Artísticos.
  • Volumen.

 

Elegir 2 entre:

  • Análisis Musical I.
  • Artes Escénicas I.
  • Coro y Técnica Vocal I
  • Cultura Audiovisual.
  • Lenguaje y Práctica Musical.

Elegir 2 entre:

  • Economía, Emprendimiento y Actividad Empresarial.
  • Materias específicas de modalidad de otras modalidades ofertadas por el centro.

Elegir 2 entre:

  • Economía.
  • Griego I.
  • Historia del Mundo Contemporáneo.
  • Latín I.
  • Literatura Universal.
  • Matemáticas Aplicadas a las Ciencias Sociales I.

Elegir 2 entre:

  • Biología, Geología y Ciencias Ambientales.
  • Dibujo Técnico I
  • Física y Química.
  • Tecnología e Ingeniería I.

También cursarán 1 materia optativa (4 horas) y deberán elegir entre Religión o Atención Educativa (1 hora).

En todo caso, se garantizará que la oferta de los centros permita al alumno elegir como materia optativa, al menos, una materia específica de cualquier modalidad del primer curso (se podrán ofertar materias de modalidad incluso aunque la modalidad a la que pertenezcan no se imparta en el centro, aunque en este supuesto únicamente podrá ofertarse como materia optativa).

Asimismo, la oferta de materias optativas en Bachillerato incluirá siempre la materia de Segunda Lengua Extranjera, cuyo objeto de estudio podrá ser alguno de los siguientes idiomas: inglés, francés, alemán, italiano o portugués, siempre que el alumno no curse ese idioma en la materia común de Lengua Extranjera. El idioma o idiomas que pueda elegir el alumno dependerán de la oferta del centro docente.

Los centros establecerán su oferta formativa de materias optativas que, en todo caso, incluirá la posibilidad de escoger una materia específica de modalidad (que el alumno no haya elegido como materia específica) y una Segunda Lengua Extranjera. Además de estas materias, cada centro decidirá su oferta formativa y podrá incorporar otras materias optativas de entre las establecidas en el catálogo de materias optativas para el Bachillerato en la Orden 1736/2023, de 19 de mayo.

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Segundo de Bachillerato 

Las materias comunes a todas las modalidades en el segundo curso de Bachillerato son las siguientes:

  • Historia de España.
  • Historia de la Filosofía.
  • Lengua Castellana y Literatura II
  • Lengua Extranjera II

Además, según la modalidad elegida, los alumnos deberán cursar las siguientes materias específicas de modalidad en 2º de Bachillerato:

 

2º Bachillerato

Artes

General

Humanidades y Ciencias Sociales

Ciencias y Tecnología

Vía de Artes Plásticas, Imagen y Diseño

Vía de Música y Artes Escénicas

  • Dibujo Artístico II.

Elegir una entre:

  • Análisis Musical II.
  • Artes Escénicas II.

Ciencias Generales.

Elegir una entre:

  • Latín II.
  • Matemáticas Aplicadas a las Ciencias Sociales II.

Elegir una entre:

Matemáticas II

Matemáticas Aplicadas a las Ciencias Sociales II.

Elegir 2 entre:

  • Diseño.
  • Dibujo Técnico Aplicado a las Artes Plásticas y al Diseño II.
  • Fundamentos Artísticos.
  • Técnicas de Expresión Gráfico-plástica

 

Elegir 2 entre:

  • Análisis Musical II.
  • Artes Escénicas II.
  • Coro y Técnica Vocal II
  • Historia de la Música y de la Danza
  • Literatura Dramática.

Elegir 2 entre:

  • Movimientos Culturales y Artísticos.
  • Materias específicas de modalidad de otras modalidades ofertadas por el centro.

Elegir 2 entre:

  • Empresa y Diseño de Modelos de Negocio.
  • Geografía.
  • Griego II.
  • Historia del Arte.
  • Latín II.
  • Matemáticas Aplicadas a las Ciencias Sociales II.

Elegir 2 entre:

  • Biología.
  • Dibujo Técnico II
  • Física.
  • Geología y Ciencias Ambientales.
  • Química.
  • Tecnología e Ingeniería II.

También cursarán 1 materia optativa (4 horas) y deberán elegir entre Religión o Estudio (1 hora).

En todo caso, se garantizará que la oferta de los centros permita al alumno elegir como materia optativa, al menos, una materia específica de cualquier modalidad del segundo curso (se podrán ofertar materias de modalidad incluso aunque la modalidad a la que pertenezcan no se imparta en el centro, aunque en este supuesto únicamente podrá ofertarse como materia optativa).

Asimismo, la oferta de materias optativas en Bachillerato incluirá siempre la materia de Segunda Lengua Extranjera cuyo objeto de estudio podrá ser alguno de los siguientes idiomas: inglés, francés, alemán, italiano o portugués, siempre que el alumno no curse este idioma en la materia común de Lengua Extranjera.

Los alumnos que vayan a repetir el primer curso del Bachillerato podrán cambiar de modalidad o, dentro de la modalidad de Artes, de vía, en el mismo centro si la oferta educativa del centro lo permite, o en otro centro que disponga de esa oferta educativa. Los alumnos que hayan promocionado del primer al segundo curso de Bachillerato o permanezcan en segundo un año más podrán solicitar el cambio a otra modalidad o vía diferente. El alumno deberá completar un itinerario válido en la nueva modalidad.

Para los alumnos que hayan iniciado el Bachillerato LOMCE y se reincorporen para continuar sus estudios en el sistema LOMLOE se aplicará lo siguiente:

1.  Los alumnos que, dentro de una misma modalidad, hubieran iniciado el Bachillerato del sistema que se extingue y continúen sus estudios en el nuevo sistema se matricularán conforme a lo siguiente:

a)  Los alumnos que hayan finalizado el primer curso del Bachillerato LOMCE y no hayan promocionado al segundo curso se matricularán del primer curso completo, de acuerdo con la nueva ordenación establecida en el Decreto 64/2022, de 20 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen para la Comunidad de Madrid la ordenación y el currículo del Bachillerato. Los años que hayan estado matriculados en el Bachillerato computarán a efectos de permanencia en esta etapa.

b) Los alumnos que hayan finalizado el primer curso del Bachillerato LOMCE y hayan promocionado se matricularán en el segundo curso completo conforme a la ordenación establecida en el Decreto 64/2022, de 20 de julio, siempre que no cambien de modalidad, pudiendo finalizar esta etapa sin necesidad de completar en el primer curso el itinerario previsto en la LOMLOE.

En caso de que los alumnos promocionen con materias pendientes del primer curso, se matricularán de las mismas de acuerdo con lo indicado en el apartado cuarto.

c)  Los alumnos que hayan finalizado el segundo curso del Bachillerato LOMCE y no hayan sido propuestos para la obtención del título de Bachiller deberán recuperar las materias cursadas con calificación negativa de segundo y, en su caso, las materias cursadas con calificación negativa de primero. En todo caso, siempre que no cambien de modalidad, podrán optar por:

i.   Matricularse del segundo curso completo conforme con el Decreto 64/2022, de 20 de julio, así como, en su caso, de las materias pendientes de superar del primer curso, de acuerdo con lo indicado en el apartado cuarto de esta instrucción, pudiendo finalizar esta etapa sin necesidad de completar en el primer curso el itinerario previsto en la LOMLOE.

ii. Matricularse de las materias pendientes de superar del segundo curso, así como, en su caso, de las materias pendientes de superar del primer curso, de acuerdo con lo indicado en el apartado cuarto de esta instrucción, pudiendo finalizar esta etapa sin necesidad de completar en ambos cursos el itinerario previsto en la LOMLOE.

2.  Los alumnos que hayan iniciado el Bachillerato LOMCE por la modalidad de Ciencias y continúen sus estudios del Bachillerato sin cambiar de modalidad se matricularán en la modalidad de Ciencias y Tecnología (LOMLOE).

3.  Para la recuperación de las materias pendientes de superar del Bachillerato se tomará como referencia el currículo establecido en el Decreto 64/2022, de 20 de julio, y la normativa que lo desarrolle.

4.  Las materias LOMCE pendientes de superar deberán recuperarse atendiendo a lo siguiente:

a)  Las materias pendientes de superar LOMCE que no cambian de curso y mantienen idéntica denominación en LOMLOE tienen correspondencia directa entre sí, y por tanto los alumnos se matricularán de estas materias pendientes.

b)  De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 205/2023, de 28 de marzo, por el que se establecen medidas relativas a la transición entre planes de estudios, como consecuencia de la aplicación de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, y según el anexo II de las Instrucciones de 22 de junio de 2023, los alumnos que no se encuentren en la situación descrita en el apartado anterior podrán matricularse atendiendo a la correspondencia entre materias LOMCE y LOMLOE recogida en esta normativa.

c) Los alumnos que tengan pendiente de superar Fundamentos del Arte I, Cultura Audiovisual II o alguna materia específica no incluida en la nueva ordenación y para la que no se haya establecido correspondencia directa en el anexo II de las Instrucciones de 22 de junio de 2023, deberán sustituir dicha materia por otra específica de la modalidad cursada.

d) Las materias de LCA tendrán la correspondencia establecida en el anexo II de las Instrucciones de 22 de junio de 2023 con las materias optativas LOMLOE. En el caso de aquellas materias de LCA que se incluyen en el anexo II y que no tenga una correspondencia directa con materias optativas LOMLOE, los alumnos deberán sustituirlas y cursar una materia optativa LOMLOE de las ofertadas por el centro.

5.  Los alumnos que iniciaron el Bachillerato LOMCE en una modalidad y al continuar sus estudios deseen cambiar de modalidad deberán cursar un itinerario válido y completo de la nueva modalidad LOMLOE, conforme a lo dispuesto en el Decreto 64/2022, de 20 de julio, y la normativa que lo desarrolla.

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Oferta específica del Bachillerato para personas adultas: enseñanza semipresencial y a distancia

El Bachillerato para personas adultas está regulado por la Orden 2034/2023, de 9 de junio y comprende enseñanza semipresencial y enseñanza a distancia.

Enseñanza semipresencial

La enseñanza semipresencial está dirigida a las personas adultas que, por sus circunstancias laborales o personales, tienen dificultades para asistir a clase de manera presencial de forma regular. La enseñanza semipresencial se impartirá en todas las materias que integran el Bachillerato, mediante la combinación de tutorías colectivas presenciales y no presenciales.

La distribución de las tutorías colectivas (presenciales y no presenciales) se realizará en horarios que faciliten la mayor asistencia o participación del alumnado, iniciando sus actividades lectivas conforme al calendario escolar aprobado por la consejería competente en materia de Educación.

Enseñanza a distancia

La educación a distancia está dirigida a las personas adultas que, por sus circunstancias laborales o personales, no pueden asistir a clase de manera presencial de forma continuada. La educación a distancia se desarrollará a través de una plataforma virtual de aprendizaje y el apoyo tutorial.

Promoción y permanencia

En la oferta específica del Bachillerato para personas adultas no se tendrán en cuenta los criterios de promoción de curso establecido en el régimen ordinario ni la limitación temporal de permanencia establecida en el artículo 3.3 del Decreto 64/2022, de 20 de julio.

En el caso de aquellas materias que tengan continuidad y deban cursarse obligatoriamente para configurar un itinerario válido de la modalidad o, en su caso, vía del Bachillerato, la matrícula de la materia del segundo curso requerirá haber superado la materia correspondiente del primer curso o estar matriculado en la misma y cursarla de forma simultánea. En este último supuesto, no se podrá superar la materia del segundo curso sin haber superado la materia del primer curso o, en su caso, sin que se haya emitido la acreditación de conocimientos necesarios para cursar materias de bachillerato según el modelo establecido en las Instrucciones de 22 de junio de 2023.

Movilidad del alumnado entre la enseñanza semipresencial y la educación a distancia

Los alumnos matriculados en Bachillerato en la oferta específica para personas adultas podrán cambiar de la enseñanza semipresencial a la educación a distancia y viceversa durante el curso escolar, en el mismo centro si oferta ambas posibilidades o bien en un centro distinto. Para ello, dirigirán un escrito motivado al director del centro, quien resolverá en función de las vacantes disponibles. En todo caso, al finalizar el curso escolar, los alumnos podrán cambiar entre ambas posibilidades.

Movilidad del alumnado entre el régimen ordinario y la oferta específica para las personas adultas

1. Los alumnos procedentes del régimen ordinario conservarán las calificaciones de las materias ya superadas al integrarse en la oferta específica de Bachillerato para personas adultas, y se matricularán de las materias no superadas que deseen en las condiciones establecidas en la Orden.

2. Los alumnos procedentes de la oferta específica de Bachillerato para personas adultas se podrán incorporar al régimen ordinario, siempre que no hayan agotado previamente el límite de permanencia en la etapa establecido en cuatro años en el régimen ordinario.

Movilidad del alumnado entre en el régimen nocturno de Bachillerato y la oferta específica de Bachillerato para personas adultas

Los alumnos que han cursado el Bachillerato en el régimen nocturno podrán incorporarse a la oferta específica del Bachillerato para personas adultas, tanto en la educación a distancia como en la enseñanza semipresencial. Se matricularán de las materias no superadas del Bachillerato que tengan correspondencia con las materias establecidas en el Decreto 64/2022, de 20 de julio, procediendo al traslado de las materias superadas del sistema educativo que se extingue al nuevo. Los alumnos deberán completar un itinerario válido para obtener el título de Bachiller.

Puede consultar sus características y condiciones de acceso en la web de la Comunidad de Madrid.

En el apartado de Oferta educativa de esta publicación se ofrece un listado actualizado de los centros donde se imparten estas enseñanzas:

Centros que imparten Bachillerato en régimen semipresencial.

Centros Públicos donde se imparte Bachillerato a distancia.

Otros programas de Bachillerato

Madrid Comunidad bilingüe

Programas de excelencia en bachillerato

Programa de doble titulación Bachiller-Baccalauréat BachiBAC

Programa del Diploma del Bachillerato Internacional

Especialización de centros

Estudiar en Europa

 

Madrid Comunidad bilingüe

  • Institutos bilingües: Los institutos bilingües pueden ampliar las enseñanzas en inglés, previa autorización, pudiendo elegir entre una de las tres opciones siguientes: implantar la Lengua Extranjera: Inglés cinco días a la semana, impartir cinco días a la semana el currículo de Inglés Avanzado de Bachillerato o impartir en Inglés una materia del currículo de Bachillerato.

  • Bachillerato en las secciones: Los alumnos que cursan Bachillerato en la sección lingüística reciben cinco horas semanales de la lengua extranjera correspondiente en los dos cursos. Además, en primer curso de Bachillerato, se imparte al menos una asignatura de las comunes a todas las modalidades en la lengua de la sección lingüística. En ningún caso podrán ser impartidas en la lengua de la sección lingüística Matemáticas y Lengua Castellana y Literatura.

  • Si la disponibilidad del profesorado de los centros lo permite, pueden proponerse otras asignaturas para su impartición en la lengua de la sección lingüística (Bachiller-Baccalauréat -BACHIBAC).

  • Institutos trilingües: imparten estudios en español e inglés con al menos una asignatura en francés o alemán.

Consulta la web para mayor información sobre estos programas y los centros que los imparten.

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Programa de Excelencia en Bachillerato

La Comunidad de Madrid ha decidido abordar el reto de crear los instrumentos adecuados para aquellos alumnos de Bachillerato que tengan o muestren especial motivación y capacidad para profundizar en el conocimiento científico, humanístico, artístico y tecnológico, todo ello en la misma línea ya iniciada en otros ámbitos de búsqueda de la excelencia.

Con este fin, se implantó en el IES San Mateo de Madrid durante el año académico 2011-2012 el Programa de Excelencia en Bachillerato, que se configura como un instrumento adecuado para atender los intereses y capacidades de los citados alumnos, aunando planteamientos de gran rigor científico con un alto nivel de exigencia, mediante una formación más profunda para hacer frente a las necesidades actuales y a los retos futuros de nuestra sociedad.

El Programa de Excelencia en Bachillerato está implantado en dos opciones: Centros de excelencia y Aulas de excelencia en centros ordinarios.

Puedes ampliar en la web la información sobre el Programa de Excelencia en Bachillerato en la Comunidad de Madrid.

Normativa

DECRETO 63/2012, de 7 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula el Programa de Excelencia en Bachillerato en institutos de Educación Secundaria de la Comunidad de Madrid (BOCM 11-06-2012).

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Especialización de centros

  • Centros STEMADRID: la Educación STEM combina las áreas de ciencias, tecnología, ingeniería y matemáticas creando un método integrador e ilustrativo que facilita el aprendizaje en estas cuatro disciplinas. En el curso 2020/2021 se ha realizado la III convocatoria de centros STEMadrid, y los docentes participantes han realizado la formación “Con TEAM hay STEAM” sobre el modelo de aprendizaje STEM. Dicho proyecto desarrollará durante en los cursos 2018 -2021 tres cursos escolares. Para saber más sobre centros con Proyectos de Innovación Educativa puedes dirigirte a la web de la Comunidad de Madrid.

  • Centros con proyectos de innovación educativa: El objetivo de estos proyectos de innovación es incorporar al sistema educativo nuevas técnicas pedagógicas integradas en el proceso de aprendizaje y que mejoren la calidad de los centros educativos. Los centros desarrollan un proyecto educativo con entidad suficiente para transformar de forma significativa la metodología docente, de manera que se favorezcan nuevos entornos, procesos y espacios de aprendizaje, desarrollo de la creatividad, aprendizaje de las lenguas extranjeras, aprendizaje para los alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo, desarrollo del aprendizaje en las competencias STEM. Dicho proyecto desarrollará durante en los cursos 2018 - 2021.

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Bachillerato Internacional

  • El Programa del Diploma del Bachillerato Internacional está coordinado por la Oficina de Bachillerato Internacional (OBI) situada en Ginebra.

  • Los alumnos que cursan estos estudios los compaginan con el Bachillerato español.

  • Al finalizar obtienen el título del Bachillerato Español y el Diploma del Bachillerato Internacional, que les permite acceder a la mayoría de las universidades más prestigiosas del mundo.

¿Qué es el Programa del Diploma del IB?

El Programa del Diploma (PD) del IB es un programa educativo riguroso y equilibrado destinado a jóvenes de 16 a 19 años que se imparte generalmente en un curso de dos años y culmina con exámenes específicos. Constituye una excelente preparación para la universidad y la vida adulta y goza de un amplio reconocimiento entre las principales universidades del mundo.

Currículo

El currículo del Programa del Diploma del IB está formado por seis grupos de asignaturas (Estudios de Lengua y Literatura, Adquisición de Lenguas, Individuos y Sociedades, Ciencias, Matemáticas y Artes) que se cursan en Nivel Superior (NS) o en Nivel Medio (NM). Los estudiantes deben elegir una asignatura de cada grupo del 1 al 5. De este modo, se garantiza una amplia experiencia en lenguas, ciencias sociales, ciencias experimentales y matemáticas. La sexta asignatura puede ser del Grupo 6 (Artes) o de cualquiera de los otros grupos.

Cada alumno debe cursar un mínimo de tres asignaturas (y un máximo de cuatro) del NS y el resto del NM.

El programa cuenta, además, con tres componentes que constituyen su tronco común. Estos tienen por objetivo ampliar la experiencia educativa de los alumnos e incentivarles a poner en práctica sus conocimientos y su comprensión.

La Monografía requiere que los alumnos realicen una investigación independiente mediante el estudio en profundidad de un tema relacionado con alguna de las asignaturas que estudian.

El curso de Teoría del Conocimiento (TdC) invita a los alumnos a reflexionar sobre la naturaleza del conocimiento mediante un análisis crítico de las diferentes formas de conocimiento (la percepción, la emoción, el lenguaje y la razón) y tipos de conocimiento (científico, artístico, matemático e histórico).

Con Creatividad, Acción y Servicio (CAS), los alumnos participan activamente en proyectos concretos fuera del aula y aprenden de esta experiencia. Pueden realizar actividades que combinen estos tres componentes o bien actividades específicas de cada uno de ellos.

Evaluación

El IB utiliza tanto la evaluación interna como la externa. Al final del programa, los alumnos realizan exámenes escritos que son corregidos por examinadores externos del IB. Asimismo, realizan tareas de evaluación en el centro que son evaluadas por los profesores y posteriormente revisadas por moderadores externos, o bien enviadas directamente a examinadores externos.

La puntuación final del alumno en el PD combina las puntuaciones de todas las asignaturas, así como conseguir ciertos niveles mínimos de desempeño, entre los que se incluye completar satisfactoriamente los tres componentes troncales del PD.

Los centros públicos que imparten el Bachillerato Internacional en la Comunidad de Madrid se encuentran en la Oferta educativa.

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Bachiller-Baccalauréat (BACHIBAC)

El programa de doble titulación Bachiller-Baccalauréat se imparte en virtud de un acuerdo entre el Gobierno de España y el Gobierno de Francia. Brinda al alumnado la posibilidad de obtener la doble titulación de Bachiller del sistema educativo español y de Baccalauréat del sistema educativo francés y, al mismo tiempo, alcanzar un determinado nivel de competencia lingüística, abriéndoles así el acceso a los estudios superiores, a la formación y a la actividad profesional en ambos países.

El BachiBac, que cursan actualmente 557 alumnos en la Comunidad de Madrid, se implantó en el año académico 2011-2012. En el curso 2021/2022 se ofertan estas enseñanzas en 9 institutos. Para obtener la doble titulación los alumnos han de seguir un currículo mixto y superar una prueba externa específica.

Características del programa de doble titulación española y francesa

Currículo mixto

  • El currículo mixto integra, además de los contenidos propios del currículo de Bachillerato de la Comunidad de Madrid, dos materias específicas: Lengua y Literatura Francesas, que se puede cursar como primera o como segunda lengua extranjera, e Historia de Francia, que se integra en la parte correspondiente de la materia Historia de España. Estas materias se imparten íntegramente en francés y son objeto de la prueba externa que se organiza para la obtención del título de Baccalauréat.

  • El alumnado acogido a este programa recibe, al menos, un tercio del horario lectivo en lengua francesa en el conjunto del Bachillerato, con el fin de alcanzar el nivel B2 del Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas (MCER), por lo que los centros incluyen en su propuesta de currículo mixto la impartición en lengua francesa de otras materias no lingüísticas, sin modificación de sus currículos, que no son objeto de prueba externa.

Asignación horaria

El currículo mixto respeta en todo caso la estructura y la carga horaria del sistema educativo de la Comunidad de Madrid. Únicamente el horario asignado a la Lengua y Literatura Francesas y a la Historia de España y de Francia se incrementa, al menos, una hora lectiva a la semana con el fin de alcanzar los objetivos de este currículo mixto.

Prueba externa

Los alumnos que cursen el programa de doble titulación de Bachiller y de Baccalauréat realizarán una prueba externa sobre las materias específicas del currículo mixto correspondientes al segundo curso de bachillerato. Las características de esta prueba externa se encuentran recogidas en los artículos 4 a 7 de la Orden EDU/2157/2010 de 30 de julio.

Admisión

  • Podrán ser admitidos en este programa los alumnos que hayan cursado la Educación Secundaria Obligatoria en una sección bilingüe hispano-francesa, los que hayan efectuado toda o parte de su escolaridad obligatoria en el sistema educativo de un país de lengua francesa, así como los que puedan acreditar un nivel equivalente al B1 del MCERL en el uso de la lengua francesa al comienzo del Bachillerato.

  • En el proceso de admisión, tendrán preferencia los alumnos que, reuniendo los requisitos recogidos en el punto anterior, hayan finalizado la Educación Secundaria Obligatoria en el propio centro.

Evaluación

  • ORDEN 2582/2016, de 17 de agosto, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte de la Comunidad de Madrid, por la que se regulan determinados aspectos de organización, funcionamiento y evaluación en el Bachillerato

  • Los alumnos que reúnan las condiciones para la obtención del título de Bachiller y superen también la prueba externa establecida en la Orden EDU/2157/2010, de 30 de julio, serán propuestos por el Ministerio de Educación y Formación Profesional de España al Ministerio de Educación de Francia para que les sea expedido el correspondiente título de Baccalauréat. De este requisito deberán ser informados los alumnos y sus padres antes de la iniciación de sus estudios.

Los centros donde se imparte el BACHIBAC se encuentran en la oferta educativa.

Normativa básica española:

  • Aplicación provisional del Acuerdo Marco entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la República Francesa sobre los programas educativos, lingüísticos y culturales en los Centros Escolares de los dos Estados, hecho en Madrid el 16 de mayo de 2005.

  • Acuerdo entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la República Francesa relativo a la doble titulación de Bachiller y de Baccalauréat, hecho en París el 10 de enero de 2008.

Desarrollo general:

  • Real Decreto 102/2010, de 5 de febrero, por el que se regula la ordenación de las enseñanzas acogidas al acuerdo entre el Gobierno de España y el Gobierno de Francia relativo a la doble titulación de Bachiller y de Baccalauréat en centros docentes españoles.

  • Real Decreto 95/2014, de 14 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 102/2010, de 5 de febrero, por el que se regula la ordenación de las enseñanzas acogidas al acuerdo entre el Gobierno de España y el Gobierno de Francia relativo a la doble titulación de Bachiller y de Baccalauréat en centros docentes españoles.

  • Orden EDU/2157/2010, de 30 de julio, por la que se regula el currículo mixto de las enseñanzas acogidas al Acuerdo entre el Gobierno de España y el Gobierno de Francia relativo a la doble titulación de Bachiller y de Baccalauréat en centros docentes españoles, así como los requisitos para su obtención.

  • Orden EFP/935/2022, de 27 de septiembre, por la que se modifica la Orden EDU/2157/2010, de 30 de julio, por la que se regula el currículo mixto de las enseñanzas acogidas al Acuerdo entre el Gobierno de España y el Gobierno de Francia relativo a la doble titulación de Bachiller y de Baccalauréat en centros docentes españoles, así como los requisitos para su obtención.

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Estudiar en Europa

Programas de interés para estudiar en Europa

1. Europass

La Representación en España de la Comisión Europea te facilita información sobre estudiar, realizar prácticas profesionales y programas de movilidad en Europa.

Europass es una iniciativa de la Comisión Europea para contribuir a la movilidad de estudiantes y a la empleabilidad de trabajadores tanto en su propio país como en todo el ámbito europeo.

2. El programa Erasmus+ impulsa la internacionalización en el alumnado y profesorado. Los centros que son seleccionados para desarrollar proyectos Erasmus+ obtienen una subvención económica de la cual se podrán beneficiar los alumnos para poder realizar intercambios en otros países con fines de formación, observación, estudios en el extranjero o prácticas en empresas.

Listado actualizado de los centros de la Comunidad de Madrid con Acreditación Erasmus+, que tienen aprobado un plan Erasmus para actividades de movilidad hasta el año 2027:

​3. Centros eTwinning de la Comunidad de Madrid. eTwinning es una red de colaboración de docentes a nivel europeo que ofrece a través de su plataforma online la posibilidad de realizar proyectos entre centros educativos de diferentes países, promoviendo el trabajo colaborativo entre el alumnado a través de equipos internacionales.

Recursos de información:

  • Representación en España de la Comisión Europea informa sobre vivir, estudiar y trabajar en la UE.
  • El Servicio Español para la Internacionalización de la Educación (SEPIE) es la agencia nacional en España para la gestión del programa Erasmus+,
  • Para la gestión del programa eTwinning, el Servicio Nacional de Apoyo eTwinning (SNA).
  • Agencia Nacional Española (ANE)
  • Instituto de la Juventud (INJUVE).Program

Volvera de doble titulación Bachiller-Baccalauréat BachiBAC

Programas y proyectos de la Subdirección General de Programas de Innovación y Formación del Profesorado

La Subdirección General de Programas de Innovación y Formación del Profesorado, perteneciente a la Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades ofrece la posibilidad de participar en diversos programas y proyectos, distribuidos en las siguientes temáticas: 

 Innovación Educativa:

  • STEMadrid: Incentiva los estudios y carreras profesionales vinculadas a las áreas STEM (Ciencias, Tecnología, Ingeniería, Matemáticas).

  • MentorActúa: Ofrece a los docentes la oportunidad de participar en una actividad formativa por emparejamientos entre centros educativos aportando visibilidad a las buenas prácticas y favoreciendo su intercambio mediante la observación docente y la colaboración.

  • Explora_MADModifica y/o adecua las metodologías, mediante el uso del espacio y de la tecnología, para la mejora de los procesos de enseñanza-aprendizaje en los centros. 

Orientación y Liderazgo:

  • FEMALE XXI: Desarrolla y afianza la creatividad, la iniciativa personal y el espíritu emprendedor de las jóvenes estudiantes mediante la formación en dinámicas de liderazgo y gestión del emprendimiento del profesorado.

  • Segura-Mente: Ayuda a los docentes a trabajar la educación financiera en el aula, transversalmente y desde una perspectiva cercana al alumnado.

  • Fundación Rafael del Pino: La orientación académico-profesional que se desarrolla en 200 institutos madrileños facilita una orientación a los estudiantes en toda la etapa educativa obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional. Para ello se trabajan aspectos como el autoconocimiento, el análisis de diferentes profesiones, las necesidades formativas, la observación e investigación sobre las posibilidades profesionales, etc. Está previsto que este proyecto se extienda a todos los centros educativos sostenidos con fondos públicos a través del proyecto Brújula a partir del curso 2024-2025.  

Robótica:

  • Cansat: Proporciona recursos y mejora de la competencia de los docentes y estudiantes en materias STEM aprovechando el interés del alumnado hacia el espacio.

  • RetoTech: Forma en programación y robótica para elaborar un proyecto tecnológico innovador en el entorno educativo.

  • Escuela de pensamiento computacional: Ofrece recursos educativos abiertos, formación, acompañamiento en la creación de propuestas didácticas y su implementación en el aula, sobre programación, inteligencia artificial (IA) y robótica.

  • Digicraft: El Programa DigiCraft de Fundación Vodafone permite la formación de niños y niñas de entre 6 y 12 años en competencias digitales.

Educación Emocional:

  • En sus Zapatos: Ayuda a prevenir la violencia y el acoso escolar, fomentando la convivencia a través de una metodología propia que integra la escenificación teatral para mostrar las emociones y aprender a gestionarlas. 

  • Educar para ser: es un proyecto que desarrolla la estimulación de habilidades de autorregulación para ayudar a reducir comportamientos disruptivos, mejorar habilidades socioemocionales, reducir frecuencia e intensidad de problemas de acoso y violencia, mejorar el rendimiento y reducir el abandono educativo temprano.

  • Educación Responsable: Fomenta el desarrollo emocional, social y de la creatividad en niños y jóvenes a través de un plan de formación del profesorado y con recursos educativos.

  • Think equal: Su objetivo es formar a los niños como ciudadanos del mundo y proporcionarles una base sólida en igualdad, empatía, resolución pacífica de conflictos y pensamiento crítico.

  • LÓVA: La Ópera, un Vehículo de Aprendizaje, es un proyecto educativo de la Fundación Teatro Real en colaboración con la Subdirección General de Programas de Innovación y Formación del Profesorado dirigido al alumnado de Educación Infantil, Primaria, Secundaria y Educación Especial. Tiene como objetivo favorecer la adquisición de las competencias clave a través de la creatividad y el aprendizaje basado en proyectos.

Proyectos Internacionales:

  • Programas europeos: Fomenta y promueve la internacionalización en los centros educativos.

Medio Ambiente: 

  • Programa de Educación Ambiental: Incorpora la educación ambiental en los centros educativos. 

  • Zinkers: Acerca a los jóvenes y escolares contenidos curriculares sobre energía, medioambiente y los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030.

Recursos digitales curriculares:

A través de los siguientes programas, los centros disponen de recursos de lectura, investigación, curriculares y plataformas que les permiten formarse en diversidad de sistemas y con variedad de dispositivos. 

  • Madrid_5e: materiales curriculares en formato interactivo desde Educación Infantil hasta Bachillerato de las asignaturas troncales, tanto en español como en inglés. Disponibles a través de las aulas virtuales Moodle de EducaMadrid.

  • MADRead: más de 40.000 libros accesibles a través de dispositivos que permiten la lectura enriquecida, la generación de talleres de lectura, adaptado al alumnado con problemas de dislexia y dificultades visuales. Esta plataforma está disponible para alumnos a partir de 5.º de Educación Primaria y dispone de libros en español, inglés, francés, italiano y alemán.

  • STEMadrid+: plataforma con contenidos vinculados con las áreas STEM para la investigación y el trabajo en el aula. Permite la creación de experiencias de aprendizaje individualizadas y atendiendo a la diversidad del alumnado.

  • Change Dyslexia: aplicación disponible para todos los centros de Educación Primaria para corregir y trabajar los problemas de dislexia de los alumnos. 

  • E-ValuM: plataforma que permite la evaluación a distancia o en modo presencial mediante dispositivos electrónicos.

Otros proyectos educativos: 

  • PROA + 21-23: su finalidad es apoyar el éxito educativo de todo el alumnado, especialmente del vulnerable, mediante la aportación de recursos y formación.

  • Memoria y Prevención del Terrorismo: Desarrolla los contenidos relacionados con el rechazo de la violencia terrorista, el respeto y consideración de las víctimas, la prevención del terrorismo y la violencia. 

Además, se da acceso a los centros educativos a una gran diversidad de recursos educativos. Para más información, se puede consultar la web de Innovación y Formación del Profesorado.

Atención a la diversidad

Las medidas de atención a las diferencias individuales del alumnado podrán ser ordinarias o específicas y, en todo caso, se orientarán a la consecución de los objetivos del Bachillerato y a la adquisición de las competencias clave, así como a facilitar las condiciones de accesibilidad y diseño universal para el aprendizaje. 

Las medidas educativas ordinarias podrán aplicarse a todo el alumnado. Los centros, en el ejercicio de su autonomía organizativa y pedagógica, podrán establecer una organización de los espacios y de los tiempos que permita facilitar el acceso al currículo a todo el alumnado, así como aplicar la metodología más adecuada en cada caso, realizar desdoblamientos de grupos si fuera posible y orientar sobre las optativas más adecuadas para cada caso. El profesorado tendrá en consideración los principios del diseño universal para el aprendizaje en la elaboración de las programaciones didácticas, para el desarrollo de una educación inclusiva de calidad.

En función de las necesidades educativas asociadas a dificultades de aprendizaje del alumno, asociadas a dificultades específicas de aprendizaje por trastorno del desarrollo del lenguaje y la comunicación, trastorno de atención o trastorno de aprendizaje, se aplicarán las medidas ordinarias que procedan y podrán aplicarse también las siguientes medidas específicas:

 - Las adaptaciones específicas de acceso al currículo, que supondrán la adopción de medidas organizativas y pedagógicas sin que se alteren los elementos curriculares establecidos para cada materia. Entre las adaptaciones específicas de acceso al currículo se contempla el uso de los medios técnicos necesarios para el acceso a los materiales curriculares, la adaptación de los formatos y la aplicación de los principios del diseño universal para el aprendizaje.

- La adecuación en los procesos de evaluación, con el fin de facilitar el acceso a las actividades de evaluación. Entre las adaptaciones de los procesos de evaluación se contempla el aumento en los tiempos para el desarrollo de las actividades de evaluación, el uso de instrumentos de evaluación diversos, la adaptación de los formatos de las pruebas de evaluación, la lectura en voz alta de las cuestiones planteadas y la habilitación de espacios diferenciados al efecto.

- La adaptación de los criterios de evaluación y calificación en función de las necesidades de aprendizaje del alumno, con el fin de que las dificultades y barreras en la comunicación, tanto oral como escrita, que se deriven de las dificultades específicas de aprendizaje, no supongan un impedimento para la superación de las materias cuando el alumno haya adquirido las competencias específicas correspondientes a la misma.

Sin perjuicio de la aplicación de cuantas medidas ordinarias procedan, los alumnos con necesidades educativas especiales podrán contar con las siguientes medidas específicas:

- Las adaptaciones específicas de acceso al currículo, que supondrán la adopción de medidas organizativas y pedagógicas sin que se alteren los elementos curriculares establecidos para cada materia. Se facilitará el acceso al contexto académico con los recursos disponibles, de tal manera que los entornos, materiales, procesos e instrumentos de aprendizaje sean comprensibles, utilizables, practicables y garanticen el acceso a la información, comunicación y participación. Entre las adaptaciones específicas de acceso al currículo se contemplará el uso de los medios técnicos necesarios para el acceso a los materiales curriculares y la adaptación de los formatos.

- La adecuación en los procesos de evaluación, con el fin de facilitar el acceso a las actividades de evaluación. Entre las adaptaciones de los procesos de evaluación se contemplará el aumento en los tiempos para el desarrollo de las actividades de evaluación, el uso de instrumentos de evaluación diversos y la adaptación de los formatos de las pruebas de evaluación.

- En caso de que las necesidades educativas especiales se deriven de alguna discapacidad que impida la realización de determinadas actividades de enseñanza y aprendizaje, se establecerán medidas de flexibilización y alternativas metodológicas para alcanzar el máximo desarrollo posible del alumno. En particular, en la enseñanza y evaluación de la lengua extranjera para el alumnado con dificultades de compresión y expresión oral se establecerán instrumentos y procedimientos de evaluación que faciliten la comunicación por medios alternativos. Asimismo, en la enseñanza y evaluación de la Educación Física para el alumnado con dificultades motrices, se establecerán las exenciones parciales de aquellas actividades de enseñanza y evaluación que el alumno no pueda realizar debido a su condición física.

- Cursar el Bachillerato con una organización en tres años académicos en los términos y condiciones que establezca la consejería competente en materia de Educación.

Para los alumnos con problemas graves de audición, visión o motricidad, así como para el alumnado con dificultades específicas de aprendizaje debidamente acreditadas, cuando existan circunstancias excepcionales acreditadas que lo aconsejen, los centros podrán proponer la realización de determinadas adaptaciones en la EvAU, para que la prueba se realice en las condiciones más adecuadas posibles en función de su situación. Estas medidas podrán consistir en la adaptación de los tiempos, la elaboración de modelos especiales de examen y la puesta a disposición del estudiante de los medios materiales y humanos, las asistencias y las ayudas técnicas que precise para la realización de la prueba de acceso, así como en la garantía de accesibilidad de la información y la comunicación en el proceso y en el recinto donde se realice la prueba.

Para el alumnado con altas capacidades intelectuales se podrán establecer las siguientes medidas específicas:

- Diseño de un plan individualizado de enriquecimiento curricular.

- Flexibilización de la duración del Bachillerato, de forma que pueda cursar los dos años del Bachillerato en un solo curso académico, cuando se prevea que esta medida resulta la más adecuada para el desarrollo de su equilibrio personal y su socialización, sin perjuicio de que el alumno deba superar todas las materias que configuren un itinerario válido en una determinada modalidad para poder ser propuesto para la obtención del título de Bachiller.

- Participación del alumno, a propuesta del centro docente, en programas institucionales de enriquecimiento educativo que se desarrollen fuera del horario lectivo.

Finalmente, para el alumnado con necesidades educativas específicas por condiciones personales de salud podrán aplicarse las medidas ordinarias, así como promover una atención educativa eprsonalizada y coordinarse con los recursos y servicios externos que colaboren en el seguimiento del alumnado y realizar el Bachillerato en tres años. 

Por otra parte, se contempla la posibilidad de solicitar la organización del bachillerato en tres años para quienes se encuentren en alguna de estas situaciones:

a) Estar cursando de manera simultánea las enseñanzas profesionales de Música o Danza.
b) Tener la consideración de deportista de alto nivel o de alto rendimiento.
c) Presentar alguna necesidad específica de apoyo educativo o necesidades educativas especiales. En estos supuestos, se requerirá que la idoneidad de la aplicación
de esta medida se consigne en un informe psicopedagógico elaborado por los profesionales de orientación.
d) Encontrarse en circunstancias que impidan el normal desarrollo de los estudios, como las siguientes:
    - Enfermedad de larga duración.
    - Tener obligaciones de carácter laboral o familiar.
    - Otras que a juicio del director del centro docente en el que se encuentra matriculado el alumno justifiquen la aplicación de esta medida.

Más información sobre medidas de atención a la diversidad.

Salidas

Título de Bachiller

Para obtener el título de Bachiller será necesaria la evaluación positiva en todas las materias de los dos cursos de Bachillerato, siempre que configuren un itinerario válido que, además de las materias comunes y optativas, incluya las materias específicas de la modalidad correspondiente al título (Decreto 64/2022, de 20 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen para la Comunidad de Madrid la ordenación y el currículo de Bachillerato).

Excepcionalmente, el equipo docente podrá decidir la obtención del título de Bachiller por un alumno o alumna que haya superado todas las materias salvo una, siempre que se cumplan además todas las condiciones siguientes:

a) Que el equipo docente considere que el alumno o la alumna ha alcanzado los objetivos y competencias vinculados a ese título.

b) Que no se haya producido una inasistencia continuada y no justificada por parte del alumno o la alumna en la materia.

c) Que el alumno o la alumna se haya presentado a las pruebas y realizado las actividades necesarias para su evaluación, incluidas las de la convocatoria extraordinaria.

d) Que la media aritmética de las calificaciones obtenidas en todas las materias de la etapa sea igual o superior a cinco.

En la sesión de evaluación final extraordinaria, el equipo docente del alumno adoptará dicha decisión de forma colegiada por mayoría cualificada de cuatro quintos, previa deliberación de la que se dejará constancia en acta.

En este caso, a efectos del cálculo de la calificación final de la etapa, se considerará la nota numérica obtenida en la materia no superada.

El título de Bachiller será único y se expedirá con expresión de la modalidad cursada y de la nota media obtenida, que se hallará calculando la media aritmética de las calificaciones de todas las materias cursadas, redondeada a la centésima. A efectos de dicho cálculo se tendrán en cuenta las materias comunes y optativas, así como las materias específicas de la modalidad por la que se expide el título y, en su caso, la materia de Religión.

No obstante, con el fin de garantizar el principio de igualdad y libre concurrencia entre todos los alumnos, las calificaciones que hubiera obtenido en la evaluación de las enseñanzas de religión no se computarán en las convocatorias para la obtención de becas y ayudas al estudio en las que deban entrar en concurrencia los expedientes académicos, ni en la obtención de la nota media a efectos de admisión de alumnos, cuando hubiera que acudir a la nota media para realizar una selección entre los aspirantes. Por este motivo, se obtendrá además una nota media normalizada que será el resultado de la media aritmética de todas las materias cursadas vinculadas a la modalidad por la que finaliza estudios, exceptuando Religión.

Las calificaciones de la atención educativa que reciba el alumnado que haya optado por no recibir enseñanzas de religión no se tomarán en consideración para el cálculo de la nota media ni de la nota media normalizada.

Obtención del título de Bachiller con el título de Técnico

Las personas que poseen el título de Técnico/a (Formación Profesional de Grado Medio) pueden obtener el título de Bachiller si cursan y superan las materias comunes, ya sea en régimen presencial o a distancia.

En concreto (Real Decreto 243/2022, de 5 de abril, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas del Bachillerato):

  1. El alumnado que tenga el título de Técnico o Técnica en Formación Profesional podrá obtener el título de Bachiller en la modalidad General mediante la superación de las materias comunes.
  2. El alumnado que tenga el título de Técnico o Técnica en Artes Plásticas y Diseño podrá obtener el título de Bachiller en la modalidad de Artes mediante la superación de las materias comunes.
  3. También podrán obtener el título de Bachiller en la modalidad de Artes quienes hayan superado las Enseñanzas Profesionales de Música o de Danza y superen además las materias comunes.

Tal y como se indica en las Instrucciones de 22 de junio de 2023, los alumnos a que hace referencia los párrafos anteriores (puntos 2 y 3) podrán solicitar la expedición del título de Bachiller por la modalidad de Artes, con independencia de la modalidad que hayan cursado, sin perjuicio de que hayan sido propuestos para la obtención del título de Bachiller por la modalidad cursada.

El centro docente en el que los alumnos hayan cursado y superado las enseñanzas de Bachillerato realizará la propuesta para la expedición del título de Bachiller. Para la tramitación de los títulos de Bachiller, en los casos particulares de los alumnos que son propuestos al cumplir las condiciones establecidas en el artículo 26 de la Orden 2067/2023, de 11 de junio, los centros podrán elevar estas propuestas de obtención del título con independencia de que tengan autorizada o no la modalidad de Artes.

Por otro lado, aquellos alumnos que al finalizar el segundo curso de Bachillerato hayan superado todas las materias comunes de ambos cursos recogidas en el artículo 8 del Decreto 64/2022, de 20 de julio, y acrediten haber obtenido el título de Técnico en Formación Profesional estarán en condiciones de obtener el título de Bachiller en la modalidad General. 

Pruebas para la obtención del título de Bachiller destinadas a personas mayores de veinte años en la Comunidad de Madrid

Requisitos

Solicitudes

Características generales de las pruebas

Lugar de celebración de las pruebas

Plazo de inscripción

Realización de las pruebas

Estas pruebas están dirigidas a aquellas personas mayores de veinte años que deseen obtener el título de Bachiller.

Requisitos

Podrán participar en estas pruebas las personas mayores de veinte años, o que los cumplan en el año natural en el que se celebren las mismas, y reúnan los siguientes requisitos:

  • Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, o declarado equivalente a efectos académicos, o bien estar en posesión del título de Técnico en Artes Plásticas y Diseño o del título de Técnico Deportivo.

  • No estar en posesión del título de Bachiller regulado en la LOMLOE o de cualquier otro título declarado equivalente a todos los efectos.

  • No estar matriculado en las enseñanzas de Bachillerato en cualquiera de sus modalidades o regímenes en el año académico en que se celebren las pruebas.

No se podrá participar en los ejercicios de aquellas materias del Bachillerato que hayan sido superadas con anterioridad.

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Solicitudes

  • Quienes deseen participar en las pruebas y reúnan los requisitos para ello deberán dirigir sus solicitudes al director del Instituto de Educación Secundaria que corresponda de acuerdo con la convocatoria anual.

  • Se pueden presentar las solicitudes y documentación que proceda de forma telemática, en el Registro Electrónico General de la Comunidad de Madrid.

  • Las solicitudes deberán ir acompañadas de la correspondiente documentación.

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Características generales de las pruebas

  • Las pruebas se realizarán de forma diferenciada según las distintas modalidades del Bachillerato.

  • Las pruebas constarán de un ejercicio por cada una de las materias necesarias para obtener el título de Bachiller debiéndose configurar un itinerario válido conforme a la organización académica de las enseñanzas del Bachillerato LOMLOE en la Comunidad de Madrid en sus regímenes para personas adultas según lo dispuesto en la Orden 2034/2023, de 9 de junio, de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, por la que se regula la ordenación y organización de la oferta específica del Bachillerato para las personas adultas en la Comunidad de Madrid: todas las materias comunes y específicas de modalidad de ambos cursos que configuren un itinerario válido conforme a dicha organización, siendo posible, no obstante, solicitar el reconocimiento de materias superadas con anterioridad o las correspondientes convalidaciones y exenciones.

  • Las pruebas serán elaboradas, aplicadas y calificadas por los departamentos de coordinación didáctica de los centros en que se realicen las pruebas y tengan asignadas las materias correspondientes de Bachillerato.

  • Accesibilidad y adaptaciones para persons con n.e.e.: los centros en los que se desarrollen las pruebas garantizarán que las mismas cuenten con las medidas de accesibilidad universal y las adaptaciones de tiempos, de fuentes de escritura, de utilización de instrumentos y formatos variados de evaluación, de presentación de las pruebas, de materiales y de espacios que precisen los participantes con discapacidad o que presenten necesidades educativas especiales debidamente acreditadas.

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Lugar de celebración de las pruebas

  • Las pruebas se celebrarán en Institutos de Educación Secundaria que tengan autorizada la impartición de la correspondiente modalidad y vía en régimen semipresencial o a distancia. En la Resolución de convocatoria anual se publicará la relación de centros donde se pueden celebrar las pruebas.

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Plazo de inscripción

  • El plazo de inscripción se establecerá en cada convocatoria.

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Realización de las pruebas

  • Las pruebas tendrán lugar dentro del plazo abierto por la administración en cada convocatoria, de conformidad con lo que se establezca al respecto por cada Instituto de Educación Secundaria.

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Convocatoria 2024:Resolución de 13 de febrero de 2024, de la Dirección General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial, por la que se convocan, para el año 2024, las pruebas para la obtención del título de Bachiller, destina- das a personas mayores de veinte años, en la Comunidad de Madrid

Opciones al terminar Bachillerato

El título de Bachiller facultará para acceder a las distintas enseñanzas que constituyen la educación superior::

En cualquiera de los casos: