La modalidad de Artes se organizará en dos vías: Vía de Artes Plásticas, Imagen y Diseño y Vía de Música y Artes Escénicas.
Como desarrollo de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre se ha publicado el Real Decreto 243/2022, de 5 de abril, por el que se establecen la ordenación y el currículo del Bachillerato. Esta norma supone el marco regulador de esta etapa para todo el Estado. Asimismo, la Comunidad de Madrid ha publicado el Decreto 64/2022, de 20 de julio, en el que se establece la ordenación y el currículo de esta etapa .
El Bachillerato se organizará en materias comunes, en materias específicas de modalidad y en materias optativas. De conformidad con el artículo 2 de la Orden 2067/2023, de 11 de junio, por la que se regulan determinados aspectos de organización, funcionamiento y evaluación en el Bachillerato, para poder configurar un itinerario válido y poder ser propuesto para la obtención del título de Bachiller, el alumnado cursará las siguientes materias:
a) Las materias comunes establecidas para cada curso del Bachillerato.
b) Seis materias específicas de la misma modalidad (y, en su caso, vía), tres en el primer curso y tres en el segundo curso.
c) Dos materias optativas, una en el primer curso y otra en el segundo, del catálogo de materias optativas de Bachillerato.
Primero de Bachillerato
Las materias del primer curso de Bachillerato comunes a todas las modalidades de Bachillerato serán las siguientes:
- Educación Física.
- Filosofía.
- Lengua Castellana y Literatura I
- Lengua Extranjera I.
Además, según la modalidad elegida, los alumnos deberán cursar las siguientes materias específicas de modalidad en 1º de Bachillerato:
1º Bachillerato
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Artes
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General
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Humanidades y Ciencias Sociales
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Ciencias y Tecnología
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Vía de Artes Plásticas, Imagen y Diseño
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Vía de Música y Artes Escénicas
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Elegir una entre:
- Análisis Musical I.
- Artes Escénicas I.
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Elegir una entre:
- Latín I.
- Matemáticas Aplicadas a las Ciencias Sociales I.
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Elegir 2 entre:
- Cultura Audiovisual.
- Dibujo Técnico Aplicado a las Artes Plásticas y al Diseño I.
- Proyectos Artísticos.
- Volumen.
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Elegir 2 entre:
- Análisis Musical I.
- Artes Escénicas I.
- Coro y Técnica Vocal I
- Cultura Audiovisual.
- Lenguaje y Práctica Musical.
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Elegir 2 entre:
- Economía, Emprendimiento y Actividad Empresarial.(1)
- Materias específicas de modalidad de otras modalidades ofertadas por el centro.
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Elegir 2 entre:
- Economía.
- Griego I.
- Historia del Mundo Contemporáneo.
- Latín I.
- Literatura Universal.
- Matemáticas Aplicadas a las Ciencias Sociales I.
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Elegir 2 entre:
- Biología, Geología y Ciencias Ambientales.
- Dibujo Técnico I
- Física y Química.
- Tecnología e Ingeniería I.
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(1) De oferta obligatoria para el centro, el alumno elegirá si la cursa o no.
También cursarán 1 materia optativa (4 horas) y deberán elegir entre Religión o Atención Educativa (1 hora).
En todo caso, se garantizará que la oferta de los centros permita al alumno elegir como materia optativa, al menos, una materia específica de cualquier modalidad del primer curso (se podrán ofertar materias de modalidad incluso aunque la modalidad a la que pertenezcan no se imparta en el centro, aunque en este supuesto únicamente podrá ofertarse como materia optativa).
Asimismo, la oferta de materias optativas en Bachillerato incluirá siempre la materia de Segunda Lengua Extranjera, cuyo objeto de estudio podrá ser alguno de los siguientes idiomas: inglés, francés, alemán, italiano o portugués, siempre que el alumno no curse ese idioma en la materia común de Lengua Extranjera. El idioma o idiomas que pueda elegir el alumno dependerán de la oferta del centro docente.
Los centros establecerán su oferta formativa de materias optativas que, en todo caso, incluirá la posibilidad de escoger una materia específica de modalidad (que el alumno no haya elegido como materia específica) y una Segunda Lengua Extranjera. Además de estas materias, cada centro decidirá su oferta formativa y podrá incorporar otras materias optativas de entre las establecidas en el catálogo de materias optativas para el Bachillerato en la Orden 1736/2023, de 19 de mayo.
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Segundo de Bachillerato
Las materias comunes a todas las modalidades en el segundo curso de Bachillerato son las siguientes:
- Historia de España.
- Historia de la Filosofía.
- Lengua Castellana y Literatura II
- Lengua Extranjera II
Además, según la modalidad elegida, los alumnos deberán cursar las siguientes materias específicas de modalidad en 2º de Bachillerato:
2º Bachillerato
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Artes
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General
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Humanidades y Ciencias Sociales
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Ciencias y Tecnología
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Vía de Artes Plásticas, Imagen y Diseño
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Vía de Música y Artes Escénicas
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Elegir una entre:
- Análisis Musical II.
- Artes Escénicas II.
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Ciencias Generales.
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Elegir una entre:
- Latín II.
- Matemáticas Aplicadas a las Ciencias Sociales II.
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Elegir una entre:
Matemáticas II
Matemáticas Aplicadas a las Ciencias Sociales II.
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Elegir 2 entre:
- Diseño.
- Dibujo Técnico Aplicado a las Artes Plásticas y al Diseño II.
- Fundamentos Artísticos.
- Técnicas de Expresión Gráfico-plástica
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Elegir 2 entre:
- Análisis Musical II.
- Artes Escénicas II.
- Coro y Técnica Vocal II
- Historia de la Música y de la Danza
- Literatura Dramática.
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Elegir 2 entre:
- Movimientos Culturales y Artísticos.(1)
- Materias específicas de modalidad de otras modalidades ofertadas por el centro.
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Elegir 2 entre:
- Empresa y Diseño de Modelos de Negocio.
- Geografía.
- Griego II.
- Historia del Arte.
- Latín II.
- Matemáticas Aplicadas a las Ciencias Sociales II.
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Elegir 2 entre:
- Biología.
- Dibujo Técnico II
- Física.
- Geología y Ciencias Ambientales.
- Química.
- Tecnología e Ingeniería II.
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(1) De oferta obligatoria para el centro, el alumno elegirá si la cursa o no.
También cursarán 1 materia optativa (4 horas) y deberán elegir entre Religión o Estudio (1 hora).
En todo caso, se garantizará que la oferta de los centros permita al alumno elegir como materia optativa, al menos, una materia específica de cualquier modalidad del segundo curso (se podrán ofertar materias de modalidad incluso aunque la modalidad a la que pertenezcan no se imparta en el centro, aunque en este supuesto únicamente podrá ofertarse como materia optativa).
Asimismo, la oferta de materias optativas en Bachillerato incluirá siempre la materia de Segunda Lengua Extranjera cuyo objeto de estudio podrá ser alguno de los siguientes idiomas: inglés, francés, alemán, italiano o portugués, siempre que el alumno no curse este idioma en la materia común de Lengua Extranjera.
Para los alumnos que hayan iniciado el Bachillerato LOMCE y se reincorporen para continuar sus estudios en el sistema LOMLOE se aplicará lo siguiente:
1. Los alumnos que, dentro de una misma modalidad, hubieran iniciado el Bachillerato del sistema que se extingue y continúen sus estudios en el nuevo sistema se matricularán conforme a lo siguiente:
a) Los alumnos que hayan finalizado el primer curso del Bachillerato LOMCE y no hayan promocionado al segundo curso se matricularán del primer curso completo, de acuerdo con la nueva ordenación establecida en el Decreto 64/2022, de 20 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen para la Comunidad de Madrid la ordenación y el currículo del Bachillerato. Los años que hayan estado matriculados en el Bachillerato computarán a efectos de permanencia en esta etapa.
b) Los alumnos que hayan finalizado el primer curso del Bachillerato LOMCE y hayan promocionado se matricularán en el segundo curso completo conforme a la ordenación establecida en el Decreto 64/2022, de 20 de julio, siempre que no cambien de modalidad, pudiendo finalizar esta etapa sin necesidad de completar en el primer curso el itinerario previsto en la LOMLOE.
En caso de que los alumnos promocionen con materias pendientes del primer curso, se matricularán de las mismas de acuerdo con lo indicado en el apartado cuarto.
c) Los alumnos que hayan finalizado el segundo curso del Bachillerato LOMCE y no hayan sido propuestos para la obtención del título de Bachiller deberán recuperar las materias cursadas con calificación negativa de segundo y, en su caso, las materias cursadas con calificación negativa de primero. En todo caso, siempre que no cambien de modalidad, podrán optar por:
i. Matricularse del segundo curso completo conforme con el Decreto 64/2022, de 20 de julio, así como, en su caso, de las materias pendientes de superar del primer curso, de acuerdo con lo indicado en el apartado cuarto de esta instrucción, pudiendo finalizar esta etapa sin necesidad de completar en el primer curso el itinerario previsto en la LOMLOE.
ii. Matricularse de las materias pendientes de superar del segundo curso, así como, en su caso, de las materias pendientes de superar del primer curso, de acuerdo con lo indicado en el apartado cuarto de esta instrucción, pudiendo finalizar esta etapa sin necesidad de completar en ambos cursos el itinerario previsto en la LOMLOE.
2. Los alumnos que hayan iniciado el Bachillerato LOMCE por la modalidad de Ciencias y continúen sus estudios del Bachillerato sin cambiar de modalidad se matricularán en la modalidad de Ciencias y Tecnología (LOMLOE).
3. Para la recuperación de las materias pendientes de superar del Bachillerato se tomará como referencia el currículo establecido en el Decreto 64/2022, de 20 de julio, y la normativa que lo desarrolle.
4. Las materias LOMCE pendientes de superar deberán recuperarse atendiendo a lo siguiente:
a) Las materias pendientes LOMCE que mantienen su denominación en LOMLOE tienen correspondencia directa entre sí, y por tanto los alumnos se matricularán de estas materias pendientes LOMLOE.
b) De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 205/2023, de 28 de marzo, por el que se establecen medidas relativas a la transición entre planes de estudios, como consecuencia de la aplicación de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, y según el anexo II de las Instrucciones de 22 de junio de 2023, los alumnos que no se encuentren en la situación descrita en el apartado anterior podrán matricularse atendiendo a la correspondencia entre materias LOMCE y LOMLOE recogida en esta normativa.
c) Los alumnos que tengan pendiente de superar Fundamentos del Arte I, Cultura Audiovisual II o alguna materia específica no incluida en la nueva ordenación y para la que no se haya establecido correspondencia directa en el anexo II de las Instrucciones de 22 de junio de 2023, deberán sustituir dicha materia por otra específica de la modalidad cursada.
d) Las materias de LCA tendrán la correspondencia establecida en el anexo II de las Instrucciones de 22 de junio de 2023 con las materias optativas LOMLOE. En el caso de aquellas materias de LCA que se incluyen en el anexo II y que no tenga una correspondencia directa con materias optativas LOMLOE, los alumnos deberán sustituirlas y cursar una materia optativa LOMLOE de las ofertadas por el centro.
5. Los alumnos que iniciaron el Bachillerato LOMCE en una modalidad y al continuar sus estudios deseen cambiar de modalidad deberán cursar un itinerario válido y completo de la nueva modalidad LOMLOE, conforme a lo dispuesto en el Decreto 64/2022, de 20 de julio, y la normativa que lo desarrolla.
Cambio de modalidad
Los alumnos que vayan a repetir el primer curso del Bachillerato podrán cambiar de modalidad o, dentro de la modalidad de Artes, de vía, en el mismo centro si la oferta educativa del centro lo permite, o en otro centro que disponga de esa oferta educativa. La repetición del primer curso será con todas las materias no podrán considerarse las materias superadas con anterioridad.
Los alumnos que hayan promocionado del primer al segundo curso de Bachillerato o permanezcan en segundo un año más podrán solicitar el cambio a otra modalidad o vía diferente. El alumno deberá completar un itinerario válido en la nueva modalidad. En estos casos se tomará en consideración lo siguiente:
- En caso de tener materias comunes del primer curso pendientes de superar, deberá matricularse de las mismas como materias pendientes.
- En caso de tener la materia optativa del primer curso, podrá considerarse como materia optativa del primer curso, siempre que no corresponda con ninguna de las materias específicas de la modalidad en la que va a formalizar matrícula. Si esto no fuera posible, deberá cursar una materia optativa de las ofertadas por el centro.
- Las materias del primer curso de la nueva modalidad o vía que deba cursar el alumno para completar un itinerario válido en la modalidad o vía en la que va a formalizar matrícula tendrán la consideración de materias pendientes y deberá matricularse en las mismas, si bien no serán computables a efectos de modificar las condiciones en las que ha promocionado a segundo.
- Las materias de segundo curso en las que desee formalizar matrícula, en caso de tener reconocida continuidad conforme a lo recogido en el anexo III del Decreto 64/2022, de 20 de julio, requerirán la superación de la materia del primer curso indicada en dicho anexo o, en su caso, la acreditación de los conocimientos previos para cursar con aprovechamiento la materia a la que se refiere el artículo 23.6 del citado decreto.
El alumnado de segundo curso que deba permanecer un año más, tanto si opta por repetir curso completo, como si opta por matricularse de las materias pendientes de superar de segundo, podrá cambiar de modalidad o vía tomando en consideración las condiciones previstas en el apartado anterior. Asimismo, se tomará en consideración lo siguiente:
- Deberá matricularse, además, de las materias comunes que tenga pendientes de superar y de las materias específicas del segundo curso que le permitan configurar un itinerario válido de la nueva modalidad.
- En caso de tener pendiente de superar la materia optativa del segundo curso, podrá considerarse como tal una materia específica de modalidad del segundo curso superada por el alumno, siempre que no corresponda con ninguna de las materias específicas de la modalidad en la que va a formalizar matrícula. Si esto no fuera posible, deberá cursar una materia optativa de las ofertadas por el centro.
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